El dirigente nacional de la Croc, Isaías González Cuvas, presentó un auniciativa de reforma a la ley federal del trabajo para incorporar la regulación de los trabajadores de plataformas digitales a efecto de garantizarles su salario, pero especialmente seguridad social y prestaciones de ley que en las condiciones actuales no tienen.

En la iniciativa que presentó ante la cámara, el diputado Isaías González Cuevas que pretende establecer una regulación sin precedentes en México, pero que sí tiene referente en otras partes del mundo, se señala que se pretende brindar un piso de seguridad social mínimo a los trabajadores de plataformas digitales, una petición que el movimiento #Niunrepartidormenos ha hecho desde que fue fundada. 

La propuesta en cuestión contempla que los trabajadores digitales deben de acceder a seguridad social siendo inscritos por la plataforma o plataformas para las que trabajan. 

Además, deberán firmar un contrato que, entre otras cosas, establezca que la plataforma debe de pagar por la gasolina que se consuma haciendo las entregas los viajes.

El diputado González Cuevas, lider nacional de la CROC, establece en su propuesta, que en la actualidad, las plataformas digitales lo tienen todo para “evadir la normativa laboral vigente, pero asume que su presencia puede ser benigna pues dan oportunidad de trabajo a personas que tienen dificultades para ingresar de lleno al mercado laboral tradicional y enlista entre ellas a estudiantes, mujeres y hombres con responsabilidades familiares o bien, personas que han estado desempleadas por un largo tiempo.

Aclaró que si las plataformas no dan seguridad social, hay merma en el bienestar de las y los trabajadores, por lo que el ojetivo es incorporar todo un nuevo capítulo de trabajadores de plataformas digitales en la LEY FEDERAL DE TRABAJO. 

Los artículos ahí normarían el trabajo de conductores, repartidores, transportistas, mensajeros y “cualquier otro que con ayuda de herramientas electrónicas o a través de plataformas digitales, realicen actividades para uno o varios empleadores.

El articulo 330-Ñ establece que debería haber un contrato en el que se establezca el monto del salario, la fecha y la forma de pago, en el entendido de que el salario podrá pactarse por viaje, entrega, por embargo, por porcentaje, o cualquier otra modalidad que acuerden las partes.

Ahí mismo deberán establecerse que los costos por el trabajo perdido a causa de los problemas técnicos en la plataforma “serán asumidos por esta”.

Las plataformas ademas de inscribir al régimen de seguridad social a los trabajadores y tendrán que encargarse del mantenimiento de los vehículos, equipos y demas herramientas necesarias para la prestación del servicio” No solo eso: deberían pagar la gasolina empleada y hasta asumir los costos de servicios de telecomunicaciones que necesita el trabajador.

Los trabajadores de las plataformas digitales también tendrán obligaciones entre las que están cumplir con la jornada de trabajo que elijan, siempre y cuando no se exceda el tiempo que establece la Ley Federal del Trabajo.

 Isaías González, dio que los trabajadores están obligados a comunicar los costos de los servicios de telecomunicaciones y gasolina, así como a tener mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, vehículos y demas herramientas que se utilicen para la prestación del servicio”. Si los trabajadores tuvieran periodo de inactividad mayor a 60 días sin causa justificada, su contrato será rescindido.

La propuesta contempla además que haya una norma oficial mexicana para establecer parámetros para el funcionamiento del sistema de algoritmos de las plataformas digitales y vigilar su funcionamiento.

 La misma NOM tendría que normar lo que tiene que ver con el buen uso de la geolocalización de los trabajadores. 

La iniciativa, contempla que los trabajadores digitales pueden asociarse para conformar sindicatos.

“A nivel mundial las plataformas digitales también han distorsionado la regulación laboral al cuestionarse si los trabajadores de las plataformas digitales entran dentro de su marco de protección, ya que esas empresas irrumpen en las economías nacionales, desconociendo las regulaciones laborales de protección social, así como el marco normativo de la actividad económica en la que se desempeñan. 

De hecho, al nombrar como “socios”, “conductores”, “colaboradores” o “proveedores” a sus trabajadores, estas plataformas pretenden fundamentar que se trata de nuevas asociaciones mercantiles, incluso, al definirlo como trabajadores autónomos, tratan de eludir la relación laboral y las obligaciones asociadas a ella.

El documento retoma regulaciones similares que han ocurrido en otros países como Estados unidos al igual que en Reino unido, España, Chile y Uruguay. 

La iniciativa ahora pasa a comisiones en donde será analizada, de tal forma que si recibe suficiente apoyo podrá convertirse en dictamen para avanzar hacia el pleno de las cámaras, en donde tendría que ser votada. 

Si recibe mayoría a favor, pasaría entonces al Senado de la República, incluso en el escenario en la que la iniciativa quede suspendida en alguna de las etapas, se convertiría en un antecedente para que futuras iniciativas en próximas legislaturas retomen la regulación en del trabajo en plataformas digitales.