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sábado, noviembre 9, 2024
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Costas de Colima en veda sanitaria: prohíben venta y consumo de mariscos bivalvos

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La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris) en coordinación con su homóloga federal (Cofepris), impusieron una medida sanitaria precautoria en las costas del estado de Colima, por lo que se prohíbe la cosecha, comercialización y consumo de moluscos bivalvos expuestos a este fenómeno natural, con el objetivo de prevenir riesgos sanitarios entre la población.

La Coespris informó que la ‘marea roja’, conocida también como Florecimiento Algal Nocivo (FAN), continúa en curso desde que se informó oportunamente el 2 de mayo, cuando se identificaron las microalgas productoras de toxinas paralizantes y diarreicas, en concentración superior al máximo establecido en la normatividad sanitaria vigente.

Los moluscos bivalvos (ostión, callo de hacha, almeja, mejillones) expuestos al FAN, al alimentarse por filtración de estas algas, acumulan las toxinas en su organismo y pueden producir efectos nocivos al ser humano, en caso de ingerirlos.

La medida precautoria estará vigente hasta que la concentración de microalgas tóxicas llegue a un nivel que no signifique un riesgo para la salud pública y se haga el anuncio correspondiente a través las fuentes oficiales de la autoridad sanitaria.

Se exhorta a quienes almacenan y cosechan estos productos de mar, así como a la población en general, estar atenta a las recomendaciones de la autoridad sanitaria, adquirir productos en lugares establecidos y prepararlos con la higiene recomendada para el cuidado de la salud.

Hasta el momento no hay reporte epidemiológico de afectación en bañistas ni personal expuesto por entrar en contacto con la ‘marea roja’; sin embargo, se recomienda que personas con escoriaciones y heridas en proceso de cicatrización, susceptibilidad cutánea, ocular y de oídos, así como en vías respiratorias altas, se abstengan de ingresar al mar mientras esté presente este evento de FAN.

(Esta información se ampara en las excepciones consideradas por la autoridad electoral mediante el Acuerdo INE/CG228/2024)

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