Jesús Guerra Hernández, alcalde del municipio de Ruiz en Nayarit, fue detenido por elementos estatales y federales como presunto responsable de la violación de una menor de edad.
La tarde del miércoles, horas después, el alcalde de extracción panista y que llegó al cargo en septiembre 2017 bajo una alianza electoral del PAN, PRD, PT y PRS, tuvo la primera audiencia de formulación de imputación en los juzgados orales. El número de expediente del caso es el 617/2020.
Según versiones preliminares, elementos de la Fiscalía Estatal cumplieron con una orden de aprehensión en contra de Guerra Hernández por abuso de la menor, que se presume tiene 16 años.
El detenido fue trasladado a la Fiscalía General del Estado de Nayarit para continuar con su proceso legal, informaron medios locales.
Los primeros reportes de este caso indican que la agresión se cometió, luego de la participación del alcalde en una fiesta, pese a la cuarentena por el coronavirus COVID-19.
Hasta el momento ninguna autoridad ha emitido información oficial sobre lo sucedido.
¿Cómo ocurrieron los hechos?
De acuerdo con Reforma, el panista quedó a disposición del juez de control, quien como medida preventiva oficiosa le impuso prisión preventiva.
La FGE también señaló que el imputado solicitó la ampliación del plazo constitucional para poder defenderse, así que será hasta el lunes 4 de mayo cuando se lleve a cabo la audiencia en donde se decidirá si el funcionario queda o no vinculado a proceso.
Aunque no se ha confirmado, medios locales informaron que la víctima pudiera tratarse de la hija de Guerra Hernández.
La denuncia interpuesta por representantes legales y tutores de la menor dio pie al inicio de investigaciones y cumplimentar la orden de detener preventivamente al alcalde quien de resultar imputado, podrá ser reemplazado en la alcaldía por el secretario municipal, su suplente, un regidor o algún miembro del ayuntamiento, según sea el lapso por el que se mantenga fuera de funciones.
Al ser un delito, que según los Artículos 294 y 296 del Código Penal, amerita prisión preventiva y no permite libertad bajo caución, podría agravarse debido a la jerarquía que ostenta y al parentesco con la víctima; además de que el munícipe podrá ser destituido, inhabilitado en la función pública de 1 a 3 años, y de ser encontrado culpable, podría perder la libertad de 2 a 30 años y pagar multas de 100 a 300 días.
Si la autoridad jurisdiccional le dicta sentencia por culpabilidad, el ayuntamiento deberá comunicárselo al Congreso del Estado, para que amparado en el Artículo 86 de la Ley Muncipal del estado, declare que asume las funciones el suplente y si éste no puede, se deberá escoger dentro del ayuntamiento a la persona que encabezará la alcaldía.
Con información de Notimex,Aristegi Noticias y Reforma.