Por cuatro votos contra tres, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) registrar a Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón El Bronco como candidato presidencial independiente, al considerar que se violó su garantía de audiencia y con ello se afectó el debido proceso.
Debido a que las campañas iniciaron desde el 30 de marzo, en aras de una “reparación integral” como marcan criterios de la Corte Interamericana sobre Derechos Humanos (CIDH), los magistrados consideraron que ya no cabe nueva audiencia ni revisión, de ahí que deba registrarse al mandatario con licencia de Nuevo León “en un criterio garantista para maximizar el derecho político a ser votado”.
La sentencia fue avalada por los magistrados Felipe Fuentes Barrera —quien elaboró el proyecto— Indalfer Infante González, Mónica Aralí Soto y José Luis Vargas.
El argumento central fue que se violó la garantía de audiencia, pues hubo dos revisiones y una no estaba prevista en los lineamientos aprobados por el INE, pero además, durante ella fue decisión unilateral de funcionarios del instituto decidir cuándo una firma sí era válida o no.
Rodríguez Calderón El Bronco se quedó a 16 mil 656 firmas de respaldo de llegar a la meta, pues le fueron restados 387 mil 897 de sus apoyos enviados a través de la aplicación móvil del INE. Se detectó que esas firmas eran “simulaciones de credencial para votar”, fotocopias de micas o uso de documentos no válidos, como tarjetas de presentación o de puntos.
Rodríguez Calderón logró acreditar ante el INE que hubo errores en su revisión y que 14 mil 426 firmas que habían sido descartadas sí eran válidas y le fueron reintegradas.
La verificación preliminar revisó el número de apoyos y estaba previsto en los lineamientos. La segunda se realizó luego de que el INE detectó el uso de credenciales simuladas, fotocopias de micas para votar o presentación de documentos como tarjetas de puntos o de descuento, pero ésta no estaba en los lineamientos.
En este punto se violó también la presunción de inocencia —estableció el TEPJF—, pues funcionarios del INE acusaron a algunos independientes de haber presentado firmas fraudulentas.
Resultado de esa segunda revisión El Bronco se quedó a 16 mil 656 firmas de respaldo de llegar a la meta, con la resta de 387 mil 897 apoyos. Sin embargo, Rodríguez logró acreditar ante el INE que hubo errores y que 14 mil 426 que habían sido descartados sí eran válidos y le fueron reintegrados.
En las 12 ocasiones que el aspirante tuvo oportunidad de revisar sus firmas, logró subsanar 62 mil 730, es decir, recuperó 8.4%: “Le faltan 1.92%, es decir 16 mil 656, y “se está ante la posibilidad de que su situación jurídica cambie”, por lo que los magistrados resolvieron a su favor.
En la discusión, el magistrado Infante González señaló al INE de actuar con “desaseo” y violación a la presunción de inocencia del aspirante y otros, a quienes se acusó de fraude en sus firmas.
Debe hacerse valer “la presunción de inocencia” y hubo “desaseo por parte del INE”, expuso.
Hubo “pronunciamientos de funcionarios del INE el 16 de marzo en la que los integrantes de la comisión hicieron declaraciones como que ‘era un fraude en la búsqueda de candidaturas independientes’ y una serie de adjetivos inapropiados… ese es un elemento más que demuestra cómo fue violada la presunción de inocencia”, indicó