El congreso del Estado de Colima aprobó la ampliación -hasta el próximo 17 de agosto de 2020- el plazo para el pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos y para la renovación de la calcomanía fiscal vehicular.
La propuesta de la legisladora Liz Rodríguez fue apoyada por sus compañeros del Grupo Parlamentario del PRI, Rogelio Rueda y Malú Berver, y en la Sesión Ordinaria el Pleno respaldó de manera unánime esta iniciativa, en virtud de la difícil situación económica por la que atraviesa la población, derivado de la crisis generada por el Covid-19 en nuestro país.
El documento señala que en el ejercicio fiscal 2020, se amplía el plazo señalado en la Ley de Hacienda del Estado de Colima en vigor, para el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, hasta el 17 de agosto de este mismo año, a los vehículos inscritos en el Padrón Vehicular del Estado de Colima.
“Salvo en el caso de vehículos nuevos o importados, supuesto en el que el impuesto deberá calcularse y enterarse a más tardar dentro de los 60 días siguientes a aquél en que se adquirió o importó el vehículo”, se aclara en el texto.
Accederán al subsidio del Impuesto Sobre la Tenencia o Uso de Vehículos los contribuyentes que paguen dicho impuesto en el plazo previsto y cumplan los requisitos previstos en la Ley de Ingresos del Estado de Colima, para el Ejercicio Fiscal 2020.
De la misma manera, se amplía el plazo señalado en el artículo 53 de la Ley de Hacienda del Estado de Colima en vigor, para la renovación anual de la calcomanía fiscal vehicular, hasta el 17 de agosto del mismo año.
El Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima” y el Poder Ejecutivo del Estado de Colima expedirá las reglas de carácter general necesarias para la adecuada aplicación del presente Decreto. El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.
La Legisladora Lizet Rodríguez resaltó que para elaborar esta iniciativa se llevó a cabo la consulta previa a la Secretaría de Planeación y Finanzas (Seplafin) sobre el impacto presupuestario que trae consigo, acatando la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como la Ley de Planeación Democrática del Estado.