Colima, Col.- El Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de Colima aprobó este miércoles 31 de enero, durante la Octava Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local 2017-2018, los topes de gastos de campaña a los que habrán de sujetarse los partidos políticos, candidatas y candidatos independientes, en su caso, para la elección de Diputaciones locales por el principio de Mayoría Relativa a los dieciséis distritos electorales de la entidad, así como para la elección al cargo de integrantes de Ayuntamientos, según el municipio de que se trate.
Las cantidades fueron determinadas por el Consejo General del órgano electoral local con base a lo establecidos en el Código Electoral del Estado de Colima, que para el primer caso, referente a las Candidaturas de Diputaciones locales, se determinaron los siguientes topes de gastos de campaña:
DISTRITO |
MUNICIPIO |
CIUDADANÍA INSCRITA EN EL PADRÓN ELECTORAL |
UN TERCIO DE LA UMA ($80.60) |
IMPORTE DE TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA |
01 |
COLIMA |
35,699 |
$26.87 |
$959,232.13 |
02 |
COLIMA |
37,651 |
$26.87 |
$1’011,682.37 |
03 |
COLIMA |
34,625 |
$26.87 |
$930,373.75 |
04 |
COMALA VILLA DE ÁLVAREZ |
32,114 |
$26.87 |
$862,903.18 |
05 |
COQUIMATLÁN VILLA DE ÁLVAREZ |
35,717 |
$26.87 |
$959,715.79 |
06 |
COLIMA CUAUHTÉMOC |
38,224 |
$26.87 |
$1’027,078.88 |
07 |
VILLA DE ÁLVAREZ |
32,561 |
$26.87 |
$874,914.07 |
08 |
VILLA DE ÁLVAREZ |
30,566 |
$26.87 |
$821,308.42 |
09 |
ARMERÍA MANZANILLO |
30,812 |
$26.87 |
$827,918.44 |
10 |
TECOMÁN |
29,264 |
$26.87 |
$786,323.68 |
11 |
MANZANILLO |
33,828 |
$26.87 |
$908,958.36 |
12 |
MANZANILLO |
33,001 |
$26.87 |
$886,736.87 |
13 |
MANZANILLO |
32,610 |
$26.87 |
$876,230.70 |
14 |
MANZANILLO MINATITLÁN |
35,456 |
$26.87 |
$952,702.72 |
15 |
TECOMÁN |
27,471 |
$26.87 |
$738,145.77 |
16 |
IXTLAHUACÁN TECOMÁN |
30,931 |
$26.87 |
$831,115.97 |
SUMA |
530,530 |
—– |
$14’255,341.10
|
En cuanto a los topes de gastos de campaña al que habrán de sujetarse los partidos políticos, candidatas y candidatos independientes, en su caso, para la elección de sus candidaturas al cargo de integrantes de Ayuntamiento, según el municipio de que se trate, se expone la siguiente tabla:
MUNICIPIO |
CIUDADANÍA INSCRITA EN EL PADRÓN ELECTORAL |
UN TERCIO DE LA UMA ($80.60) |
IMPORTE DE TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA |
ARMERÍA |
21,408 |
$26.87 |
$575,232.96 |
COLIMA |
123,222 |
$26.87 |
$3’310,975.14 |
COMALA |
16,617 |
$26.87 |
$446,498.79 |
COQUIMATLÁN |
15,993 |
$26.87 |
$429,731.91 |
CUAUHTÉMOC |
22,977 |
$26.87 |
$617,391.99 |
IXTLAHUACÁN |
5,051 |
$26.87 |
$135,720.37 |
MANZANILLO |
136,991 |
$26.87 |
$3’680,948.17 |
MINATITLÁN |
7,308 |
$26.87 |
$196,365.96 |
TECOMÁN |
82,615 |
$26.87 |
$2’219,865.05 |
VILLA DE ÁLVAREZ |
98,348 |
$26.87 |
$2’642,610.76 |
TOTAL |
530,530 |
– |
$14’255,341.10 |
La legislación en la materia marca como actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general, los eventos que las y los candidatos independientes, candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. Dichos actos para su celebración se sujetarán a lo dispuesto por la Constitución Federal, la particular del Estado, y demás leyes y normatividad aplicables; y no tendrán más límite que el respeto a los derechos de terceros, los de otros partidos políticos y candidatas o candidatos, así como las disposiciones que para garantizar el ejercicio del derecho de reunión y la preservación del orden público dicte la autoridad administrativa competente.
La Consejera Presidenta del IEE, Nirvana Fabiola Rosales Ochoa, así como los y las Consejeras Electorales Ayizde Anguiano Polanco; Noemí Sofía Herrera Núñez, Martha Elba Iza Huerta, Arlen Alejandra Martínez Fuentes, Raúl Maldonado Ramírez y Javier Ávila Carrillo, recordaron que la propaganda electoral y las actividades de campaña deberán propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados por los partidos políticos, coaliciones o candidaturas independientes, en su caso, en sus documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral que para la elección correspondiente hubiesen registrado.
En otro punto del Orden del Día, el Consejo General del IEE aprobó el Proceso Técnico Operativo del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) para el Proceso Electoral Local 2017-2018, que consiste en el conjunto de actividades y procedimientos secuenciados para llevar a cabo desde el acopio de las Actas PREP hasta la publicación de los datos, imágenes y bases de datos.
El Proceso Técnico Operativo del PREP, según lo establece el Reglamento de Elecciones del INE, deberá constar de las siguientes fases: Acopio, Digitalización, Captura de datos, Verificación de datos, Publicación de resultados, Empaquetado de actas; siendo ésta última la fase en que se archivan las Actas PREP para su entrega a la o el Presidente del Consejo Local, Distrital o Municipal que corresponda. Por lo que el IEE contempla la posible instalación en cada uno de sus Consejos Municipales un Centro de Acopio y Transmisión de Datos (CATD). Por lo que respecta al Centro de Captura y Verificación (CCV), éste será instalado en el Consejo General del Instituto.
De igual forma, durante la Octava Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local 2017-2018, celebrada la tarde de este miércoles 31 de enero, fueron aprobadas las Actas de la Sexta Sesión Ordinaria y Sexta Sesión Extraordinaria del Proceso Electoral Local 2017-2018, celebradas por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima los días 30 de diciembre 2017 y 17 de enero de 2018, respectivamente; y fue presentado el Cuarto Informe que rinde la Secretaría Ejecutiva del mismo Consejo General