Durante la reunión de trabajo que sostuvo el Secretario de Administración y Gestión Pública de Gobierno del Estado de Colima, Kristian Meiners Tovar, con diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso Estatal, enfatizó que no existe, de parte de la administración estatal que encabeza el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez, despidos injustificados a trabajadores agremiados al Sindicato Independiente de Trabajadores al Servicio del Gobierno y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, únicamente existió terminación de un contrato por tiempo determinado a trabajadores supernumerarios, que dicho sea de paso, no tienen derecho a sindicalización.
En dicha reunión Meiners Tovar reiteró que no hubo despidos, ni rescisiones de la relaciones de trabajo entre el Ejecutivo Estatal en una contingencia sanitaria, sino únicamente terminaciones de las relaciones laborales, aplicando las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política local y la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima.
Aclaró que no existe una política de bajas a trabajadores atendiendo a la premisa de si pertenecen o no, a determinado sindicato, o inobservando las condiciones sanitarias que se enfrentan en la actualidad, tampoco se trata de un despido injustificado o de rescisión. Lo que en realidad aconteció, dijo, fueron terminaciones de relaciones de trabajo por haber concluido el período para el que fueron contratados.
En relación al exhorto de fecha 8 de abril del 2020, en el cual los diputados piden al gobernador José Ignacio Peralta Sánchez, cese los despidos de personal y, por consiguiente, se les reinstale en sus fuentes de trabajo, el Secretario de Administración y Gestión Pública aclaró que no han ocurrido despidos injustificados, por las razones ya expuestas.
Indicó que el exhorto es una invitación, pues existe una sana división de Poderes de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, que refiere que el Poder Legislativo es titular de sus propias relaciones con sus trabajadores, como lo es el Poder Ejecutivo titular de sus relaciones con los suyos, al igual que el Poder Judicial con sus trabajadores.
Por ello, dijo, la competencia constitucional para resolver diferencias entre la administración estatal y sus trabajadores, es del Tribunal de Arbitraje y Escalafón en el Estado, así previsto en el artículo 79 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.
Para concluir, afirmó que el Ejecutivo Estatal no ha rescindido ninguna relación de trabajo después del 18 de marzo del 2020, sino que se actualizaron causas de terminación de la relación de trabajo en los términos del artículo 13 o 26 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, precisamente derivado de la falta de estabilidad en el empleo de los grupos de trabajadores conocidos como de confianza o supernumerarios.
Cabe señalar que la reunión se realizó de manera virtual vía internet, en atención a los protocolos de seguridad recomendados por la Secretaría de Salud, en el marco de la pandemia del coronavirus.