inhabilita congres al ex Alcalde de La Villa, Félipe Cruz y a todos los integrantes de su cabildo

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En sesión a puerta cerrada, el Congreso del Estado, aprobó el dictamen de juicio político contra el ex presidente municipal de Villa de Álvarez, Felipe Cruz Calvario y a todos los que fungieron como regidores durante su administración, mismos que deberán cumplir con una inhabilitación de 3 años y 6 meses para ejercer un cargo público.

Con 15 votos a favor, 7 en contra y dos diputados no votaron por ser parte del dictamen, Héctor Magaña y Patricia Ceballos, esposa de Felipe Cruz, el dictamen será turnado al Poder Judicial del Estado para su revisión y en su caso aplicación de la sentencia.

En el pleno del Congreso se agregó al documento que, en el caso de Felipe Cruz, quien actualmente se desempeña como director del INSUVI, Héctor Magaña Lara, diputado local, Karina Heredia y Perla Vázquez, regidoras del ayuntamiento villalvarense, se solicite su destitución del cargo.

Cabe destacar que el juicio político en contra del Cabildo de Villa de Álvarez en la administración 2018-2021, es consecuencia de la aprobación en el reglamento municipal para que pudieran laborar las mototaxis en este municipio, puntualizando que está función le pertenece única y exclusivamente al gobierno del Estado.

Al respecto, el Congreso de Colima emitió el siguiente comunicado:»Con base en la Ley de Juicio Político del Estado, la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado de Colima realizó ayer jueves la Sesión Secreta Ordinaria de Jurado de Acusación No. 1, derivado de que el juicio en cuestión fue debidamente sustanciado en cuanto a procedimiento por parte de la Comisión de Responsabilidades de este Poder Legislativo, atendiendo la información reservada y la protección de datos personales requerida, hasta en tanto no se resuelva en definitiva este proceso por parte el Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE).

Durante esta sesión se aprobó en el Pleno el proyecto de resolución correspondiente, para los efectos previstos en los artículos 20 y 21 de la Ley de Juicio Político del Estado de Colima, por lo que se turna de inmediato al STJE, con la finalidad de que se le dé el trámite que corresponda a la acusación decretada, y erigido en Jurado de sentencia, aplique las sanciones que correspondan».